martes, 13 de diciembre de 2011

MALTRATO ANIMAL... que hacer?



QUÉ HACER EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES? 


Se debe tener presente que: 

●๋• 1. Es un delito penado por el Código Penal. 

●๋• 2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona. 

●๋• 3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o el Juzgado del Crimen.
 



LEY 14.346 – DENUNCIAS POR MALTRATO 

Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia, tanto en Capital como en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país: 

●๋• 1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho. 

●๋• 2. El/la denunciante debe ser mayor de edad (21 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad. 

●๋• 3. La denuncia debe hacerse por escrito ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho y deberá ser firmada por el denunciante y sellada y firmada por el funcionario que la recibe. 

En Capital Federal: en la Comisaría de la zona o en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en Viamonte 1147 – Cap. 

En Provincia: en la Comisaría de la zona, ó en UFI Unidad de Fiscalía de Instrucción.
 

ES OBLIGACIÓN del funcionario público (POLICÍA) tomar la denuncia: 

LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. 

No acceder a realizar una “EXPOSICIÓN CIVIL”. 

Es importante que pueda tener el texto de la ley en mano al momento de presentarse a realizar la denuncia. 

●๋• 4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación. 
●๋• 5. Pedir en la Comisaría o Fiscalía el Nro. de Expediente de manera de poder seguir la causa para que la misma no muera. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario